BANDO
Descargar Pdf
CIERRE PERIMETRAL DEL MUNICIPIO E INTENSIFICACIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS PARA LA PROTECCIÓN DE LA CIUDADANÍA ANTE LA PANDEMIA DE LA COVID-19
PRIMERO.- CIERRE PERIMETRAL DEL MUNICIPIO Y RESTRICCIONES A LA MOVILIDAD Y DE CARÁCTER COMERCIAL.
Según confirmación de datos desde la Delegación de Salud y Familias, determina la inclusión de Berrocal, desde las 00.00 horas del miércoles 20 de enero, entre los municipios afectados por el nivel de alerta sanitaria 4 grado 2, siendo de aplicación las medidas previstas en el Decreto del Presidente 3/2021, de 15 de enero y en la Orden de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía de 16 de enero de 2021, por tener una Tasa de Incidencia Acumulada de casos positivos por COVID-19 en los últimos catorce días igual o superior a 1.000 por cada 100.000 habitantes, lo que hace que se le apliquen las siguientes restricciones (entre otras):
- El Cierre perimetral del municipio, quedando limitada la entrada y salida de personas del municipio, con las excepciones marcadas en dicho Decreto (asistencia a centros sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales; asistencia a centros universitarios/docentes; retorno al lugar de residencia habitual o familiar; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o vulnerables; desplazamiento a entidades financieras, de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes; actuaciones requeridas o urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales, etc. -Ver Decreto-).
- La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, queda condicionada a que no se supere el número máximo de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes.
- La permanencia de grupos de personas en espacios de uso privado queda condicionada a que no se supere el número máximo de cuatro personas, salvo convivientes.
- No están incluidas en las limitaciones anteriores, las actividades laborales, institucionales, educativas y universitarias, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
- En el caso de agrupaciones en que se incluyan tanto personas convivientes como no convivientes, el número máximo de personas tanto en espacios de uso público como privado, será de cuatro personas.
- Cierre total de hostelería y comercio (actividad no esencial).
SEGUNDO.- Servicio de atención al público EN EL AYUNTAMIENTO.
El horario de atención al público en el Ayuntamiento será de 10:00 a 12:00 horas. Fuera de este horario, todos los servicios de atención al ciudadano se realizarán de manera no presencial, por algunas de las siguientes vías:
- Teléfono: 959577007. Disponible de 09:00-15:00 horas
- Correo electrónico: info@berrocal.es/ berrocalinfo@gmail.com
- Sede Electrónica: https://sede.berrocal.es
TERCERO.- CIERRES DE ESPACIOS MUNICIPALES.
Se cierran al público los siguientes espacios de titularidad municipal:
- Aula de música
- Polideportivo municipal
- Parques infantiles
- Casa de la Juventud
- Centro Guadalinfo
CUARTO.- RECOMENDACIÓN DE CONFINAMIENTO DOMICILIARIO VOLUNTARIO.
Se aconseja que voluntariamente se lleve a cabo un confinamiento domiciliario de toda la población, ya que tod@s conocemos la vulnerabilidad de nuestra población.
QUINTO.- Duración de las medidas.
Las medidas previstas en este Bando tendrán carácter temporal, manteniéndose en el tiempo mientras se mantenga el nivel 4 grado 2 de alerta sanitaria.
Se hace un llamamiento a la responsabilidad y a que no bajemos la guardia: MANTÉN LA DISTANCIA INTERPERSONAL DE SEGURIDAD, USA LA MASCARILLA Y LÁVATE LAS MANOS.
Esto no lo puede controlar nadie, lo tenemos que controlar nosotros.